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Abogados para
Constituir tu Sociedad

Montar un negocio en Sevilla es un paso increíblemente ilusionante, pero la montaña de burocracia que te espera puede apagar esas ganas antes incluso de empezar.

Sevilla

Abogados Constituir tu Sociedad

Olvídate del papeleo. Somos abogados mercantilistas que diseñan el «traje a medida» legal de tu empresa, blindamos tu patrimonio personal y te entregamos tu S.L. lista para facturar y crecer de forma segura.

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Los 3 errores letales al crear una S.L. por internet

Hacerlo rápido y barato por plataformas automatizadas suele salir muy caro cuando la empresa crece o llegan los primeros problemas con los socios. Evita estos tres errores de manual:

  • Estatutos «Corta y Pega»: Las plataformas usan estatutos tipo que no reflejan la realidad de tu modelo de negocio. Un objeto social mal definido no solo te bloquea futuras deducciones clave en Hacienda, sino que puede limitar tu actividad comercial o tu acceso a licencias sectoriales.
  • Constituir con 1 Euro (La trampa de la Ley crea y crece): Aunque la ley ahora te permite montar la S.L. con un solo euro, es un caramelo envenenado. La responsabilidad solidaria de los socios y la obligación de destinar el 20% de los beneficios a reserva legal hacen que la estructura sea frágil ante bancos y acreedores. Nosotros siempre recomendamos capitalizar con los 3.000€, ya sean dinerarios o aportando tus propios ordenadores y herramientas de trabajo.
  • No firmar un Pacto de Socios: Es el mayor error del emprendedor. El 80% de las startups en España mueren por peleas entre los fundadores. Si no firmas un pacto privado desde el día uno: ¿Qué pasa si un socio deja de trabajar pero se queda con el 50%? ¿Y si uno se quiere ir y vender sus participaciones a un extraño? ¿Y si un socio se divorcia y su exmujer hereda parte de la empresa? Sin pacto, estáis abocados al bloqueo.

Nuestro método: De la idea a la cuenta bancaria operativa

Constituir una empresa no es rellenar un formulario, es tomar decisiones estratégicas. Nosotros nos encargamos de guiarte paso a paso por este laberinto administrativo para que tu S.L. nazca impecable:

  1. Fase 1: Diseño Jurídico y Nombre. Comenzamos solicitando el Certificado Negativo de Denominación Social al Registro Mercantil Central (te aseguramos el nombre de tu marca). A continuación, definimos contigo la estructura del capital social: ¿pondremos dinero en el banco o aportaremos bienes materiales (ordenadores, maquinaria)?
  2. Fase 2: Estatutos y Pacto de Socios a Medida. Redactamos las reglas del juego de forma personalizada. Decidimos el Órgano de Administración óptimo (Administrador Único, Solidario, Mancomunado o Consejo). Además, redactamos el Pacto de Socios para prevenir bloqueos, prever salidas y proteger el control de los fundadores originales.
  3. Fase 3: Notaría y Registro Mercantil. Coordinamos la cita y te acompañamos a la firma ante el Notario en Sevilla. Nos encargamos de liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP/AJD), que está exento por ley, y presentamos la escritura en el Registro Mercantil Provincial para su inscripción definitiva.
  4. Fase 4: Alta Fiscal en la AEAT. Obtenemos el NIF definitivo de tu nueva sociedad, tramitamos el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y te inscribimos en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. Tu empresa estará lista técnica y legalmente para emitir su primera factura ese mismo día.

Emprendedores y empresas que ya han nacido con FA Abogados

No hay dos modelos de negocio iguales. Aquí tienes tres ejemplos reales de cómo hemos adaptado la constitución societaria a las necesidades de cada cliente en Sevilla:

La S.L. sin dinero en efectivo

El problema: Dos informáticos querían montar su agencia de desarrollo web de forma urgente para firmar un gran contrato, pero no tenían los 3.000€ en efectivo exigidos para el banco.

La solución FA: Ejecutamos una constitución mediante «Aportación No Dineraria». Valoramos legalmente sus dos ordenadores Mac, sus pantallas y las licencias de software por valor de 3.000€.

El resultado: Constituyeron la empresa de forma 100% legal sin inmovilizar un solo euro en el banco, firmaron el contrato con su cliente y empezaron a operar al instante.

El Pacto Salvavidas

El problema: Dos socios montaron un restaurante de éxito en el centro de Sevilla. Al año y medio, uno de ellos se agotó y quiso abandonar el proyecto vendiendo su mitad a un familiar que no entendía de hostelería.

La solución FA: Gracias a la cláusula Drag Along / Tag Along (arrastre y acompañamiento) y al derecho de adquisición preferente que incluimos en su Pacto de Socios fundacional, activamos el mecanismo de defensa.

El resultado: El socio que se quedaba pudo comprar la parte del socio saliente a un precio justo y preestablecido. La salida fue totalmente pacífica, bloqueamos la entrada de socios no deseados y el negocio nunca tuvo que cerrar.

El paso de Autónomo a Sociedad Limitada

El problema: Un experto fontanero sevillano estaba facturando tanto volumen que el IRPF progresivo le asfixiaba (tributaba casi al 45%). Además, estaba contratando personal y tenía miedo de que un accidente laboral pusiera en riesgo su vivienda familiar.

La solución FA: Planificamos el tránsito de profesional autónomo a Sociedad Limitada, aportando su fondo de comercio y sus furgonetas como capital de la nueva empresa.

El resultado: Blindamos su patrimonio personal (su casa) ante posibles deudas o pleitos comerciales, y bajamos drásticamente su carga fiscal al tipo fijo del 25% del Impuesto de Sociedades.

¿Autónomo o Sociedad Limitada? El momento de dar el salto

Es la duda eterna. Si facturas más de 40.000€ anuales o asumes riesgos económicos, seguir como autónomo es una temeridad financiera. Compara ambos escenarios y decide:

Factor ClaveProfesional AutónomoSociedad Limitada (S.L.)
Responsabilidad PatrimonialIlimitada. Respondes de las deudas del negocio con tus bienes personales presentes y futuros (tu casa, tus ahorros).Limitada. Solo arriesgas el capital aportado a la sociedad (ej: los 3.000€). Tu patrimonio personal está blindado.
Carga Fiscal (Impuestos)Tributas por IRPF. Es progresivo; si facturas mucho, puedes llegar a pagar hasta un 47% a Hacienda.Tributas por Impuesto de Sociedades. Es un tipo fijo del 25% (incluso del 15% los dos primeros años de beneficios).
Imagen Comercial y CrecimientoImagen de autoempleo. Dificultad para acceder a grandes concursos públicos o licitaciones.Otorga máxima confianza y profesionalidad ante grandes clientes, proveedores y bancos para pedir financiación.
Coste de MantenimientoBajo. Contabilidad sencilla y cuota de autónomos.Medio/Alto. Requiere contabilidad analítica, Cuentas Anuales y liquidaciones de Impuesto de Sociedades.

Resolvemos las dudas antes de sentarte a negociar

¿Cuánto se tarda realmente en crear una empresa en Sevilla?

Depende de la vía que elijamos para constituir. Si optamos por la vía telemática rápida (Sistema CIRCE/PAE), podemos tener la S.L. operativa con su NIF provisional y firmada en el notario en apenas 48-72 horas hábiles.

Sin embargo, si tu proyecto requiere unos estatutos muy complejos, aportaciones no dinerarias específicas o un pacto de socios profundo, utilizaremos la vía notarial tradicional a medida, que suele tardar entre 10 y 15 días en estar completamente inscrita y operativa en el Registro Mercantil.

¿Puedo ser el único socio de mi empresa?

Por supuesto, es una de las opciones más habituales. Se denomina Sociedad Limitada Unipersonal (S.L.U.). Tendrás el control absoluto del 100% de las participaciones sociales.

La única advertencia es que esta condición de «unipersonalidad» debe constar obligatoriamente en todos los documentos legales, facturas y correos de la empresa (añadiendo la «U» a las siglas), y debe estar inscrita en el Registro Mercantil. Si omites este requisito de transparencia durante más de 6 meses, podrías perder la responsabilidad limitada y responder con tus bienes personales.

¿Quién puede ser el Administrador y cuánto cobra?

No hace falta ser socio para ser el Administrador de la empresa. Puedes nombrar a un tercero de confianza para que la gestione. El verdadero problema legal radica en su sueldo.

La Ley de Sociedades de Capital presume que el cargo de administrador es gratuito salvo que los estatutos digan expresamente lo contrario. Si te pones una nómina siendo administrador y los estatutos dicen que tu cargo es «gratuito», Hacienda considerará que esa nómina no es un gasto deducible en el Impuesto de Sociedades y te impondrá una multa severa. Por eso, nosotros blindamos la cláusula de retribución en los estatutos desde el primer minuto.

¿Es obligatorio ingresar el dinero en el banco antes de ir al Notario?

La ley no exige acudir a una sucursal bancaria a depositar el efectivo momentos antes de la firma notarial en una compraventa. Sin embargo, hacerlo es una práctica habitual y prácticamente necesaria tanto para garantizar la seguridad de la transacción como para acreditar el cumplimiento de la normativa de prevención del blanqueo de capitales.


Abogado experto en Constituir sociedad de Sevilla

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