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Liquidación de
Gananciales

Entendemos que ya has pasado por el desgaste brutal del divorcio y que ahora no necesitas más drama;
necesitas inteligencia, estrategia y frialdad para proteger tus ahorros.
No dejamos que te vayas con un euro menos del que te corresponde por ley.

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Liquidación Gananciales

Nuestro trabajo es ser tu escudo patrimonial. Desde negociar la adjudicación de la vivienda familiar ahorrando miles de euros en impuestos, hasta rastrear hasta el último céntimo si sospechamos que tu expareja ha actuado de mala fe ocultando dinero.

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Diario Sur

Cuidado con tu dinero: Los mayores riesgos al repartir los bienes

A la hora de repartir el patrimonio, la confianza suele brillar por su ausencia. Es vital que conozcas las tres trampas más comunes que nos encontramos en los juzgados de Sevilla para que no te pillen desprevenido:

  • El dinero que «desaparece» antes del divorcio: Descubres que tu ex sacó 20.000€ de la cuenta conjunta seis meses antes de pedir el divorcio, o transfirió los ahorros a la cuenta de su madre «para que se lo guardara». Te explicamos algo fundamental: ese dinero no se ha esfumado. La ley obliga a que ese dinero se reintegre a la «masa ganancial». Tu ex tendrá que compensártelo en el reparto final con su parte de la casa o con su propio dinero.

  • El dinero Privativo (Derechos de Reembolso): Imagina que vendiste un piso que compraste de soltero, o que recibiste una herencia de tus padres, y metiste ese dinero en la cuenta común para pagar la hipoteca de la casa familiar o para hacer una reforma integral. Ese dinero ES TUYO. No se reparte al 50%. En FA Abogados calculamos y reclamamos tu «derecho de reembolso actualizado» para que lo recuperes íntegramente antes de repartir el resto de gananciales.

  • Firmar el divorcio sin liquidar (El error de «ya lo veremos»): Muchas parejas firman el divorcio rápido y dicen: «la casa ya la venderemos más adelante». Es un error garrafal. Con los años, los bienes se deterioran, las deudas comunes (como cuotas de comunidad impagadas o derramas) crecen, y el problema se hace una bola de nieve gigante. Además, si uno de los dos se vuelve a casar o fallece sin haber liquidado, el enredo legal para los herederos o las nuevas parejas es terrorífico. Hay que liquidar siempre cuanto antes.

Proceso para repartir todo de forma justa

Liquidar una sociedad de gananciales no es coger una calculadora y dividir entre dos. Es un proceso jurídico, contable y fiscal muy técnico. En nuestro despacho lo estructuramos en tres fases inamovibles para garantizar que no se escape nada:

  1. Fase 1: El Inventario (El Activo y el Pasivo).

    El primer paso es poner las cartas boca arriba. Hacemos un listado exhaustivo y documentado de todo lo que es de los dos (el Activo): el piso, la segunda residencia, los saldos de las cuentas corrientes (a fecha exacta de la sentencia de divorcio o separación de hecho), los planes de pensiones gananciales, los vehículos, los fondos de inversión y, en ocasiones, las acciones de empresas o negocios creados durante el matrimonio.

    Pero tan importante como el Activo es el Pasivo: las deudas. Listamos el capital pendiente de la hipoteca, los préstamos personales comunes, las tarjetas de crédito compartidas y cualquier deuda contraída para sostener a la familia. Solo restando el pasivo al activo sabremos el patrimonio real a repartir.

  2. Fase 2: El Avalúo (Ponerle precio a las cosas).

    Aquí es donde suelen estallar las grandes peleas: «¿Cuánto vale la casa?». Uno suele tirar por lo alto (el que quiere vender) y el otro por lo bajo (el que se quiere quedar con ella). Nosotros eliminamos la variable sentimental de la ecuación.

    Si no hay acuerdo amistoso sobre el valor de mercado de los inmuebles o los negocios, nuestra estrategia es clara: nombramos a peritos tasadores independientes. Ellos emiten un informe objetivo y profesional que sirve de base innegable para la siguiente fase, evitando meses de discusiones inútiles.

  3. Fase 3: Liquidación y Adjudicación (El Reparto de Lotes).

    Con el valor total claro, formamos dos lotes del mismo valor para adjudicar a cada ex cónyuge. Aquí es donde aplicamos la magia fiscal de la Extinción de Condominio. Si los dos sois dueños de un piso al 50% y uno quiere quedarse con la totalidad compensando al otro con dinero, NUNCA debéis hacer una «compraventa» de esa mitad. Tributaría altísimo por Transmisiones Patrimoniales (ITP).

    En su lugar, tramitamos una Extinción de Condominio, que tributa únicamente por Actos Jurídicos Documentados (AJD), un porcentaje ínfimo (suele rondar el 1,2% o 1,5% en Andalucía). Os ahorramos miles de euros en impuestos de forma totalmente legal y transparente ante Notario.

Hemos desenredado patrimonios complejos en Sevilla

La teoría patrimonial es extensa, pero en FA Abogados hablamos con resultados. Aquí tienes tres ejemplos recientes de cómo hemos protegido el dinero de nuestros clientes cuando todo parecía bloqueado:

1. Rastreo de cuentas ocultas:
Un cliente acudió a nosotros porque su exmujer afirmaba que «no quedaba dinero en la cuenta» para repartir y que se lo había gastado todo en «gastos de la casa». Sospechábamos fraude. Solicitamos la vía contenciosa de liquidación y pedimos al juzgado una «averiguación patrimonial completa» de los últimos dos años. Descubrimos transferencias sistemáticas de 1.000€ mensuales a cuentas de familiares de ella. Logramos que esos 24.000€ afloraran y se imputaran directamente al lote de ella en el reparto, obligándola a ceder su parte del coche a nuestro cliente como compensación.

2. Herencia salvada (Derecho de reembolso):
Una mujer invirtió los 40.000€ que heredó de su padre en hacer una reforma integral en el piso ganancial (cocina, baños, suelos) para que la familia viviera mejor. Al divorciarse, su exmarido exigía el 50% del valor actual del piso reformado, sin reconocer que ella había pagado la obra. Aportamos los movimientos bancarios que acreditaban la trazabilidad exacta del dinero desde la cuenta de la herencia hasta la cuenta del constructor. El juez reconoció su derecho de reembolso: se le adjudicaron primero sus 40.000€ actualizados y el resto del valor del piso se repartió al 50%.

3. Casa desbloqueada (Venta forzosa):
Una pareja llevaba tres años divorciada pero seguían compartiendo hipoteca. Ella no quería vender la casa porque vivía dentro, pero tampoco podía permitirse comprar la mitad de él. El cliente estaba asfixiado pagando un alquiler y la mitad de la hipoteca. Forzamos la situación interponiendo una demanda contenciosa de liquidación de gananciales. Ante el riesgo inminente de que la casa acabara en subasta pública (donde ambos perderían mucho dinero), forzamos un acuerdo in extremis en la puerta del juzgado: ella accedió a vender la vivienda a un tercero a precio de mercado y ambos se liberaron de la deuda en dos meses.

¿Es mío, de mi ex o de los dos?
(Bienes Gananciales vs. Privativos)

La duda más universal. Para que no haya sorpresas, aquí tienes la regla general sobre a quién pertenece cada euro que entra en casa (salvo prueba en contrario o que hayáis firmado separación de bienes antes de casaros):

Origen del Bien o DineroNaturaleza Legal (A quién pertenece)
El sueldo o ingresos del trabajo
(De cualquiera de los dos cónyuges)
Bienes comprados durante el matrimonio
(Pisos, coches, muebles, acciones)
Un premio de lotería o juego
Herencias y Donaciones
(Recibidas de padres o familiares)
Bienes que ya tenías de soltero
(Pisos, acciones, dinero ahorrado previamente)
Indemnizaciones por accidente personal

FAQ sobre liquidación de gananciales

¿Quién paga la hipoteca hasta que se venda la casa o se liquide todo?

Ambos al 50%. La hipoteca (el pago del préstamo al banco) es una deuda de la sociedad de gananciales, independientemente de quién esté viviendo dentro de la casa tras el divorcio. Debéis seguir pagándola a medias para evitar que el banco os embargue a los dos. Lo que sí debe pagar en solitario quien vive dentro son los gastos de suministros (luz, agua, gas) que genera por su uso exclusivo.

¿Estamos obligados a liquidar los gananciales en el mismo momento del divorcio?

No, no estáis obligados. De hecho, muchas parejas firman primero el divorcio y dejan la liquidación para meses o años después. Sin embargo, nosotros siempre recomendamos encarecidamente liquidarlo todo junto en el mismo Convenio Regulador de Divorcio. Si lo dejáis para el futuro, es muy probable que uno de los dos cambie de opinión, que los bienes se devalúen o que terminéis en un largo y costoso juicio contencioso que podríais haberos ahorrado.

Mi ex tiene un negocio (tienda, taller, clínica) a su nombre, ¿tengo derecho a una parte?

Depende del origen. Si el negocio lo montó antes de casaros, el negocio en sí es privativo (es suyo). PERO, si durante el matrimonio ese negocio ha generado beneficios que no se han repartido, o si se ha invertido dinero ganancial en ampliarlo, tú tienes derecho a una compensación por esos beneficios generados y no disfrutados por la sociedad de gananciales. Es un cálculo pericial complejo que nosotros auditamos meticulosamente.

No nos ponemos de acuerdo en el valor del piso ni en cómo repartirlo, ¿qué pasa ahora?

Si el acuerdo amistoso es imposible, no nos queda otra que iniciar el «Procedimiento Contencioso de Liquidación del Régimen Económico Matrimonial». El juez nombrará a un «Contador-Partidor» (un abogado externo que hará los lotes) y a un perito judicial (para tasar la casa y los bienes). Es un proceso más largo y costoso porque hay que pagar a estos profesionales externos, por eso siempre intentamos agotar la vía de la negociación extrajudicial y la tasación privada antes de llegar a este punto extremo.

¿Qué es mejor: vender la casa a un tercero o que se la quede uno de los dos?

Si uno de los dos tiene capacidad económica para quedarse la casa y asumir la hipoteca en solitario, suele ser la opción más rápida y emocionalmente estable (especialmente si hay niños que no tienen que cambiar de entorno). Fiscalmente es muy atractivo porque se hace mediante la «Extinción de Condominio» pagando muy pocos impuestos (AJD). Vender a un tercero es la única salida real si ninguno de los dos puede pagar la casa entera, y permite hacer «borrón y cuenta nueva» total, aunque implica gastos de inmobiliaria y de cancelación de hipoteca que hay que asumir a medias.


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