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Commercial
de Despidos

Recibir una carta de despido es un jarro de agua fría. De repente, aparecen las dudas, el miedo al futuro y la sensación de que se está cometiendo una injusticia contigo.

Seville

Abogados de Despidos

Respira hondo. Sabemos que es un momento muy duro, pero estamos aquí para protegerte. El tiempo juega en tu contra. Mándanos una foto de tu carta de despido o de tu finiquito por WhatsApp ahora mismo.

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Diario Sevilla medio
Diario Sur

¿Te acaban de dar la carta? Escribe esto antes de firmar

⚠️ Pon «No Conforme»

Siempre debes firmar la carta, pero añadiendo «No Conforme» y la fecha de hoy junto a tu firma.

Negarte a firmar no evita tu despido, la empresa buscará a dos testigos y te echará igual. Poner «No Conforme» es tu escudo: significa que te das por enterado del despido, pero que no estás de acuerdo con los motivos ni con el dinero que te ofrecen.

Hacer esto te salva la vida y nos deja la puerta abierta para reclamar tu indemnización máxima en el Juzgado.

Tienes solo 20 días hábiles: El plazo es sagrado

El reloj empieza a correr el día que te despiden. La ley laboral es muy estricta y solo te da un plazo de caducidad de 20 días hábiles para presentar la papeleta de conciliación.

En estos 20 días no cuentan los sábados, domingos ni los días festivos. Es un plazo muy corto para preparar una buena defensa, así que no lo dejes para el final.

Si se te pasa este plazo de 20 días, pierdes absolutamente todos tus derechos a reclamar ante el CMAC de Sevilla, aunque la empresa te deba miles de euros o el despido sea totalmente injusto.

Así hemos ganado contra las empresas en Sevilla

El falso disciplinario

A un comercial le inventaron faltas de asistencia falsas para despedirle sin pagarle un duro (despido disciplinario). Demostramos en el Juzgado de lo Social de Sevilla que era mentira. El juez lo declaró Despido Improcedente y la empresa tuvo que pagarle la indemnización máxima de 33 días por año.

El despido estando de baja

Una trabajadora fue despedida de una clínica mientras estaba de baja médica por una operación. Alegamos discriminación por enfermedad. Conseguimos que el despido se declarara Nulo: la empresa tuvo que readmitirla obligatoriamente y pagarle todos los salarios que dejó de cobrar desde el despido (salarios de tramitación).

El finiquito trampa

A un camarero le dieron una carta de despido objetivo por causas económicas. La indemnización parecía correcta, pero en el finiquito no le estaban pagando las vacaciones no disfrutadas ni 40 horas extras que tenía acumuladas. Le reclamamos esas cantidades y logramos que la empresa le pagara 1.500€ extra que le querían robar.

¿Cuánto te corresponde de indemnización?

Tipo de Despido (Calificación del Juez)Días de Indemnización por Año TrabajadoTope Máximo de la Indemnización
Despido Objetivo (Por causas económicas o técnicas)20 días por año trabajado.12 mensualidades de tu salario.
Despido Improcedente (Injusto o sin causas reales)33 días por año (contratos desde 2012).
45 días por año (contratos anteriores a 2012).
24 mensualidades (o 42 mensualidades si es anterior a 2012).
Despido Nulo (Discriminación o vulneración de derechos)No hay indemnización por despido.Readmisión obligatoria en tu puesto + pago de salarios dejados de percibir.

Resolvemos tus dudas más urgentes

¿Tengo que ir a juicio sí o sí?

No siempre. La mayoría de los casos se arreglan antes. El primer paso obligatorio es ir al acto de conciliación en el CMAC de Sevilla. Allí, los abogados negociamos con la empresa. Si conseguimos un buen acuerdo económico para ti, cobras y no pisamos el juzgado.

¿Me cuesta mucho dinero contratar a un abogado?

No queremos que el dinero sea un obstáculo para defenderte. En FA Abogados estudiamos tu caso y, si es viable, solemos trabajar a éxito (cobramos un porcentaje de la indemnización extra que te consigamos) o te damos facilidades de pago claras desde el primer día.

¿Qué pasa si la empresa dice que no tiene dinero o cierra?

Para eso está el FOGASA (Fondo de Garantía Salarial). Si ganamos el juicio y la empresa se declara insolvente o desaparece, el Estado (FOGASA) se hace cargo de pagarte tu indemnización y los salarios que te deban, hasta unos topes legales que nosotros te calculamos.

¿Me pueden despedir si estoy embarazada o con reducción de jornada?

Tienen prohibidísimo echarte por ese motivo. Las trabajadoras embarazadas, de baja por maternidad/paternidad o con reducción de jornada por cuidado de un hijo tienen protección especial. Si te despiden, el despido será automáticamente Nulo, obligando a la empresa a readmitirte.


Abogado experto en Despidos de Sevilla

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