Umbrales y Exenciones del ITSGF en 2026
Este impuesto complementario aplica en todo el territorio nacional. Debe revisar su posición global si se encuentra en uno de estos escenarios:
Residentes en Sevilla
Están obligados los contribuyentes con un patrimonio neto individual superior a 3.000.000€.
A esta cifra se le suma el Mínimo Exento de 700.000€. Por tanto, la tributación efectiva comienza a partir de los 3.700.000€ de patrimonio neto.
No Residentes (Real Estate)
Inversores extranjeros con activos inmobiliarios en Sevilla (o acciones de sociedades con inmuebles) cuyo valor neto supere los 3.000.000€ también están sujetos por obligación real, sin aplicar el mínimo exento en muchos casos (dependiendo del Convenio de Doble Imposición).
Tu «Escudo Fiscal»: Límite Conjunto Renta-Patrimonio
Esta es la herramienta más potente de la planificación fiscal de altos patrimonios. La Ley establece un límite confiscatorio:
La suma de las cuotas íntegras del IRPF, el Impuesto de Patrimonio y el de Grandes Fortunas no puede superar el 60% de su Base Imponible del IRPF.
La Táctica FA Lawyers
Si logramos reducir su Base Imponible del IRPF (por ejemplo, difiriendo el cobro de dividendos un año o vehiculizando inversiones a través de sociedades), activamos el tope legal.
Resultado: Logramos reducir la cuota en el máximo legalmente permitido haciendo uso de la normativa vigente, siempre mirando por los intereses de nuestros clientes.
Casos de Planificación Patrimonial (Private Client)
«El Escudo Fiscal» (Cartera de Valores)
- Perfil: Cliente con patrimonio financiero de 10M€ y altas rentas del capital.
- Estrategia: Reestructuración de la cartera financiera para generar rentas exentas y reducir la base del IRPF por debajo del umbral crítico.
- Resultado: Activación del límite del 60%. La cuota de Grandes Fortunas se redujo de 180.000€ a 36.000€ (reducción máxima del 80%).
«Empresa Familiar» (Exención Total)
- Perfil: Empresario con acciones en SL valoradas en 15M€. Riesgo de tributación por incumplir requisitos de «actividad económica».
- Estrategia: Blindaje de los estatutos y funciones directivas para cumplir el Artículo 4.8.Dos de la Ley de Patrimonio.
- Resultado: Las participaciones quedaron exentas (Valor 0 a efectos del impuesto). Cuota a pagar: 0€.
¿Cuánto se paga? Tabla de Tipos Impositivos 2026
El impuesto es progresivo. Se aplica por tramos sobre la Base Liquidable (Patrimonio Neto – 700.000€ exentos).
| Tramo de Patrimonio Neto | Tipo Aplicable (Marginal) |
|---|---|
| Hasta 3.000.000€ | 0,0% (Exento) |
| Entre 3.000.000€ y 5.347.998€ | 1,7% |
| Entre 5.347.998€ y 10.695.996€ | 2,1% |
| Más de 10.695.996€ | 3,5% |

