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Abogado para Medidas Cautelares

Entendemos tu miedo a que la victoria legal llegue demasiado tarde y sea ‘papel mojado’.
Ya sea por una venta de activos o una obra ilegal, la solución no es esperar, sino actuar ahora para paralizar el daño antes de que sea irreversible.

Marbella

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Medio Sur

El peligro de la demora: cuando la justicia lenta no es justicia

El sistema judicial es lento, pero la realidad es rápida. El riesgo de que la sentencia final sea «papel mojado» (periculum in mora) es la mayor amenaza para tu caso. Actuamos en situaciones críticas como estas:

  • Conflictos Inmobiliarios: Tu oponente intenta vender o hipotecar el inmueble que reclamas para que, cuando ganes, ya pertenezca a un tercero de buena fe.

  • Derecho de Familia: Hay un riesgo inmediato para los menores o el patrimonio familiar está siendo dilapidado por uno de los cónyuges antes del divorcio.

  • Conflictos Societarios: Un administrador está desviando fondos de la empresa o tomando decisiones que la arruinarán antes de que puedas impugnar el acuerdo.

  • Obras y Daños: Necesitas paralizar una obra vecina que amenaza la estructura de tu vivienda antes de que se caiga.

  • Propiedad Intelectual: Alguien está vendiendo productos copiados o usando tu marca y necesitas detener la venta inmediatamente.

La inacción permite que el daño se consolide. Las Medidas Cautelares son el único mecanismo para «congelar» la situación y asegurar que, si ganas, podrás ejecutar la sentencia.

Asegurar, paralizar o intervenir antes de la sentencia

La Ley de Enjuiciamiento Civil permite al juez dictar órdenes provisionales para proteger tu derecho mientras dura el pleito principal. No es necesario esperar al final.

Te ayudamos a solicitar la medida cautelar específica que tu caso necesita: desde embargos y anotaciones en el Registro, hasta la paralización de actividades, la suspensión de acuerdos sociales o la intervención judicial de una empresa.

EscenarioEsperar a la Sentencia Firme (Riesgo)Solicitar Medida Cautelar (Protección)
Disputa de InmueblesEl demandado vende la casa a un tercero. Cuando ganas el juicio, la casa ya no es recuperable.Anotación Preventiva de Demanda. El Registro de la Propiedad avisa a todos de que hay un litigio. Bloquea ventas limpias.
Obras DañinasLa obra termina y el daño a tu propiedad ya está hecho. Repararlo será costoso y difícil.Suspensión de Obra Nueva. El juez ordena paralizar los trabajos inmediatamente hasta resolver el fondo.
Empresas / SociosEl socio desleal vacía la caja o arruina la empresa antes de que se anule su nombramiento.Intervención Judicial o Suspensión de Acuerdos. Se nombra un administrador o se bloquean las decisiones dañinas.
EficaciaVictoria moral, pero derrota práctica (sentencia inejecutable).Garantía total de que la sentencia se podrá cumplir.
No esperes a tener una sentencia favorable para descubrir que ya no sirve de nada. La estrategia cautelar es la única forma de asegurar que la justicia sea efectiva.

Por qué confiar en FA Abogados para la acción cautelar urgente

La solicitud de Medidas Cautelares es técnicamente muy compleja. Hay que convencer al juez de que existe un derecho aparente (Fumus Boni Iuris) y un peligro real (Periculum in Mora) sin haber celebrado aún el juicio principal.

  • Dirigido por Antonio Fernández Álvarez, abogado litigante con visión estratégica.

  • Especialistas en la solicitud urgente de todo tipo de Medidas Cautelares (Civiles, Mercantiles, Familia).

  • Expertos en Anotaciones Preventivas en el Registro de la Propiedad (clave en disputas de herencias y compraventas).

  • Defensa ante competencia desleal y protección de activos empresariales.

  • Dominio del cálculo de la caución (fianza) necesaria para activar la medida.

  • Capacidad de reacción inmediata (24/48h) para presentar la solicitud antes de que el daño ocurra.

Nuestro proceso (blindaje legal en 3 pasos)

La clave es la rapidez y la solidez argumental para que el juez actúe antes de tiempo:

  1. Análisis de riesgo y viabilidad (24h): Estudiamos tu caso y las pruebas indiciarias. Determinamos si se cumplen los requisitos legales para pedir la protección urgente.

  2. Solicitud estratégica: Presentamos el escrito al Juzgado solicitando la medida específica (embargo, anotación, depósito, suspensión, etc.). Si el riesgo es extremo, pedimos que sea inaudita parte (sin avisar al contrario para que no le dé tiempo a reaccionar).

  3. Ejecución y caución: Gestionamos la prestación de la fianza (caución) que exige el juzgado y nos aseguramos de que la orden se cumpla (se inscriba en el Registro, se bloquee la cuenta o se pare la obra).

Case studies (protección urgente de derechos)

Caso 1: Disputa hereditaria y riesgo de venta

  • Problema: Varios hermanos disputaban la propiedad de un edificio. Uno de ellos, que figuraba como titular, lo puso a la venta en una inmobiliaria para deshacerse de él antes del juicio de herencia.

  • Solución: Solicitamos urgentemente la Anotación Preventiva de la Demanda en el Registro de la Propiedad.

  • Resultado: El juez concedió la medida. Al aparecer la carga en el Registro, los compradores se retiraron. El inmueble quedó asegurado hasta la sentencia final, que dio la razón a nuestros clientes.

Caso 2: Paralización de obra ilegal (Interdicto)

  • Problema: Un vecino comenzó una excavación agresiva que estaba provocando grietas en el muro de carga de la vivienda de nuestro cliente. El riesgo de derrumbe era real.

  • Solución: Solicitamos la medida cautelar de Suspensión de Obra Nueva.

  • Resultado: El juzgado ordenó la paralización inmediata de las máquinas en 48 horas, protegiendo la integridad de la vivienda hasta que los peritos dictaminaron la seguridad.

Preguntas frecuentes sobre medidas cautelares

¿Qué tipos de medidas cautelares existen?

Son muy variadas: embargo preventivo (dinero), intervención judicial (empresas), depósito de cosa mueble (vehículos, máquinas), formación de inventarios (parejas/socios), anotación preventiva en el Registro (inmuebles), orden de cesación (propiedad intelectual/ruidos), suspensión de acuerdos sociales, etc.

¿Siempre hay que poner dinero (fianza) para pedirlas?

Sí, por norma general la ley exige una «caución» o fianza para responder de los posibles daños al demandado si finalmente pierdes el juicio principal. Nosotros te ayudamos a calcularla y a ofrecer la opción menos gravosa (aval bancario, hipoteca, dinero).

¿Puede el demandado oponerse a la medida?

Sí. Normalmente se celebra una «vistilla» donde ambas partes discuten. Sin embargo, en casos muy urgentes, el juez puede concederla primero sin oír al contrario (inaudita parte) y discutir después, para garantizar el efecto sorpresa.


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